domingo, 2 de junio de 2013

A propósito del heredero y el sucesor ::

Para vuestro conocimiento y utilidad...



Saludos cordiales,



A propósito del heredero y el sucesor

El destino de nuestras vidas está en gran medida determinado por las decisiones que tomamos. Acertadas o no, pero al menos tenemos la impresión de tomarlas libremente para poder controlar nuestro destino.

La única cosa sobre la que no tenemos ningún control es la familia en la que nos ha tocado nacer, crecer y vivir, en suma, sobre la pertenencia a una familia u otra. A pesar de no haber elegido esa familia, somos de la familia y nuestra existencia estará siempre ligada por esa pertenencia. Somos de una familia y formamos una familia.

Para ser de una familia hay que estar con ella, realizar actos conjuntos, intensificar la relación, porque durante toda nuestra vida, nos guste o no, vamos a llevar un nombre que nos distingue y destaca de todos los demás. Ese nombre, ese apellido, que compartimos con otros muchos seres, es parte inseparable de nuestro ser y nos define como tal. Y también identifica nuestra pertenencia a una familia.

Si alguien pertenece a una familia que es propietaria de una empresa, tiene las dos mismas posibilidades con respecto a la empresa: participar o no en el proyecto familiar y empresarial.

En el primer caso, sería un accionista comprometido con la empresa. En el segundo, puede declinar formar parte de los negocios familiares, nadie puede obligarnos a ser accionistas de una empresa de la familia, y aun siéndolo, participar en el desarrollo de ella. A pesar de que alguien reciba por herencia una participación, unas acciones de una empresa, o la empresa completa, no tiene por que aceptarla, una herencia siempre se puede rechazar. Esta actitud es fruto de la libertad que debemos tener a la hora de establecer los destinos de la vida.

Pero también podemos querer y aceptar ser accionista de una empresa familiar. Y en ese caso asumimos un rol de accionista que lleva aparejado una responsabilidad histórica, institucional, social y familiar que cambia los derechos, las obligaciones y las posibilidades dentro de la familia y de la empresa. El acto jurídico de aceptar la posesión y disfrute de un legado familiar altera la vida y las responsabilidades que se asumen hasta que cese la posesión por cualquiera de las causas recogen los ordenamientos jurídicos.

De Goethe es la frase "lo que has heredado, has de ganártelo antes de poderlo poseer y disfrutar". Quizá una de las principales causas de los procesos de  sucesión que no han funcionado como se esperaba es que los herederos hayan ignorado este sabio consejo, heredando la propiedad sin haberse previamente sabido ganar la autoridad que corresponde a la función del sucesor.

Los elegidos de algunas familias empresarias optan por improvisar en su función de sucesores, para la que no siempre están capacitados, y confunden la posición de heredero que conlleva propiedad con la de sucesor que implica determinadas capacidades. Se pueden subcontratar gestión y dirección en manos más expertas y capacitadas, pero no se puede abdicar de la propiedad recibida, aunque si se puede por supuesto renunciar a ella, aunque esto no sea habitual.